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Cuando usas tu coche particular por motivos de trabajo, la empresa puede abonarte hasta 0,26 euros por kilómetro sin que ese dinero tribute en tu IRPF. El importe subió desde los 0,19 euros anteriores el 17 de julio de 2023 y sigue vigente. Los peajes y el aparcamiento que justifiques quedan exentos aparte, no dentro de esos 0,26 euros. Todo lo que cobres por encima del límite se considera rendimiento del trabajo y se suma a tu nómina como cualquier otro salario.

Qué es el kilometraje exento y a quién le corresponde

La ley del IRPF deja fuera de tributación las cantidades que la empresa te da para compensar un gasto que has adelantado tú. La idea es sencilla: no estás ganando dinero, estás recuperando lo que te ha costado poner tu coche al servicio del trabajo.

Desplazamientos fuera del centro de trabajo

La exención cubre los desplazamientos que haces fuera de tu centro habitual para realizar tu trabajo en otro lugar. Visitas a clientes, obras, delegaciones, recogidas, cursos de formación fuera de la oficina.

El requisito que siempre pide Hacienda es la realidad del desplazamiento. La empresa tiene que poder acreditar el día, el destino y el motivo de cada viaje que compensa.

El trayecto de casa al trabajo no cuenta

Aquí se rompen muchas expectativas. Ir de tu domicilio a tu centro de trabajo habitual y volver no es un desplazamiento indemnizable a efectos de esta exención, por muchos kilómetros que sumes al cabo del mes.

Si tu empresa te ayuda con el trayecto diario, esa ayuda tiene otro tratamiento fiscal, normalmente como retribución en especie o como plan de transporte. No es el kilometraje del que habla esta página.

De 0,19 a 0,26 euros: qué cambió en 2023

El importe de 0,19 euros por kilómetro llevaba congelado desde 2005 y se había quedado muy por debajo del coste real de conducir. La Orden HFP/792/2023 lo elevó a 0,26 euros con efectos desde el 17 de julio de 2023.

Un límite que no es una tarifa obligatoria

La subida se publicó junto a la de los funcionarios, que corrieron la misma suerte con una orden gemela. Puedes consultar el texto en el BOE del 17 de julio de 2023.

Un matiz que conviene tener claro: 0,26 euros es el techo de lo que queda exento, no una obligación de pago. La empresa puede abonar menos, y en ese caso todo lo que abone estará exento.

Muchos convenios y políticas internas siguen anclados en los 0,19 euros de antes. Si es tu caso, tienes un argumento sencillo para plantear la actualización: subir hasta 0,26 no le cuesta a la empresa ni un euro de cotización ni de retención, porque sigue siendo un gasto exento.

Qué gastos cubren esos 0,26 euros

La compensación por kilómetro no es solo la gasolina. Cubre el conjunto del coste de usar tu coche: combustible, desgaste de neumáticos y frenos, mantenimiento, aceite y la parte proporcional de depreciación del vehículo.

Por eso el importe es más alto que el coste puro del combustible. Con un coche que gasta 6,5 litros a los 100 y la gasolina a 1,70 euros, el carburante ronda los 0,11 euros por kilómetro: el resto de los 0,26 es lo que le cuesta a tu coche envejecer trabajando.

Qué pasa si tu empresa paga más o menos de 0,26 euros

Calculadora de kilometraje exento

Introduce los kilómetros del periodo y lo que te paga la empresa por kilómetro para ver qué parte queda exenta de IRPF y qué parte tributa.

El límite exento es de 0,26 euros por kilómetro desde el 17 de julio de 2023. Los peajes y el aparcamiento quedan exentos aparte, siempre que se justifiquen. Cálculo orientativo, no sustituye a tu asesoría.

Las tres situaciones posibles se resumen en pocas líneas y la calculadora de abajo pone los números por ti.

Lo que paga la empresaConsecuencia fiscal
Menos de 0,26 €/kmTodo exento, sin tributación
Exactamente 0,26 €/kmTodo exento, el máximo posible
Más de 0,26 €/kmEl exceso tributa como salario

Cuando hay exceso, la empresa lo incluye en la nómina y le aplica tu tipo de retención, igual que a cualquier otro concepto salarial. No es una sanción ni un error, solo deja de estar exento.

Cómo se justifica ante Hacienda

El kilometraje es uno de los conceptos que más miran las inspecciones, porque es fácil de inflar. Lo que sostiene la exención no es el importe sino el papel que hay detrás:

  • Fecha de cada desplazamiento.
  • Origen y destino concretos.
  • Motivo del viaje y cliente o proyecto asociado.
  • Kilómetros recorridos, coherentes con la distancia real.
  • Matrícula del vehículo utilizado.

La carga de la prueba recae sobre la empresa, no sobre ti, pero en la práctica es el trabajador quien rellena la hoja de gastos. Un parte de kilometraje con destinos vagos y cifras redondas es justo lo que llama la atención en una revisión.

Qué pasa si Hacienda no acepta la justificación

Si la inspección considera que el desplazamiento no está acreditado, el importe deja de estar exento y pasa a tratarse como salario. Eso significa retención no practicada en su día y la correspondiente regularización.

La consecuencia recae sobre las dos partes: la empresa por no haber retenido y el trabajador por no haber declarado un rendimiento. Guardar los partes de kilometraje unos cuantos años es, por tanto, algo más que una manía administrativa.

Peajes y aparcamiento van aparte

Los gastos de peaje y de aparcamiento que justifiques con su tique están exentos por su importe real y no consumen el límite de los 0,26 euros. Es un detalle que muchos trabajadores desconocen y que cambia bastante el total del mes.

Piensa en un comercial que hace 900 kilómetros al mes y paga 40 euros de peajes y 25 de parking. Los 234 euros de kilometraje y los 65 euros de tiques van todos exentos, así que cobra 299 euros limpios de impuestos.

El error habitual es meter los peajes dentro del importe por kilómetro para redondear la cuenta. Al hacerlo se pierde la exención de esos tiques y, si la tarifa negociada ya iba en 0,26, el exceso acaba tributando sin necesidad.

Dos consejos prácticos para no perder dinero por el camino:

  • Fotografía el tique en el momento, antes de que se borre la tinta térmica.
  • Anota el desplazamiento el mismo día en la hoja de gastos, no al final del mes de memoria.

Y si además del coche compartes el trayecto con compañeros, conviene tener claro qué puedes pedirles y qué no: lo explicamos en el artículo sobre cobrar a los pasajeros al compartir coche. Para repartir la gasolina de un viaje concreto, usa la calculadora de gastos del trayecto.